El procedimiento de la Solicitud Única de la PAC

Si eres agricultor y/o ganadero seguro que quieres beneficiarte de las ayudas de la PAC en sus múltiples opciones, pero he de advertirte que el camino no es fácil, hay que estar atento para atender cualquier incidencia que se presenta tras entregar la solicitud única. No obstante, no desesperes porque hay muchos sitios donde conseguir ayuda y no sólo en la administración más cercana.

No hay que asustarse con las incidencias.

Bueno puntualizaré, la Administración se apoya en las llamadas Entidades Reconocidas para la tramitación de la solicitud única, normalmente son sindicatos agrarios, federaciones de cooperativas y entidades bancarias, a las que se les proporciona una serie de aplicaciones informáticas y los datos necesarios para confeccionar la solicitud cuando el agricultor se persona ante ellas. Estas entidades son intermediarios no representantes, y a ellos hay que darles la potestad de tramitar tu solicitud; sin embargo, cualquier incidencia o defecto que se produzca debe ser subsanado por el solicitante, preferiblemente a través de la entidad. El proceso de presentación de la solicitud es seudoautomático y tiene las seguridades necesarias para confirmar su presentación y registro ante la Administración y con la confidencialidad necesaria.

El agricultor realiza su solicitud en la Entidad Reconocida

Normalmente cuando el agricultor se persona en la entidad dará el permiso para rescatar la solicitud que se presentó en la campaña anterior, hay que decir que son pocos los nuevos agricultores que se incorporan. A partir de este momento el procedimiento comienza con un visor gráfico donde el solicitante puede ver las parcelas que presenta y las características de cada una de ellas: situación, superficie, cultivo,… ésta es la información que le permitirá justificar los Derechos de Pago Básico que tiene a su nombre.

Presentada la Solicitud Única comienza la tramitación que puede dar lugar a tener que justificar parte de los datos presentados

 

Arriba tenemos un gráfico simplificado del procedimiento que sigue la administración para poder realizar el pago y emitir la resolución correspondiente. Hay que indicar que a aquellos agricultores que no presentan incidencias en su solicitud se les realizará el pago mediante un anticipo en los meses de noviembre-diciembre del año de presentación.

En el proceso de tramitación la Adminstración realiza una serie de controles primero de tipo administrativo donde se revisa la documentación presentada y si se cumplen las condiciones para poder ser beneficiario, después con una serie de controles informáticos, validaciones, donde se confrontan los datos declarados con los datos existentes, normalmente superficie, cultivos,… dobles solicitudes sobre la misma superficie,…. de los resultados obtenidos se emiten los llamados trámites de audiencia que se envian a los solicitantes indicándoles las incidencias detectadas y se les da la oportunidad de subsanarlas.

Se deben recoger las cartas que remite la Administración y así poder justificar las incidencias detectadas

No coger las cartas que nos remiten supone en principio no conocer las incidencias que se han detectado, y al final poder quedarse sin la ayuda. Lo mejor es recibirlas y leerlas, estudiarlas con su entidad y/o con los técnicos y contestarlas en el plazo establecido. Si se subsanan en tiempo el pago no se demorará.

La Administración también realiza controles de campo sobre un porcentaje de las solicitudes presentadas

Si tu expediente es seleccionado para un control de campo, no hay que desesperarse, son inspecciones obligatorias que persiguen confirmar que el solicitante cunple y puede recibir la ayuda, también persiguen posibles fraudes. Sin embargo, hay que verlas como algo normal, si todo está correctamente declarado no habrá problema y además en ciertas ocasiones sirven para terminar con los errores SIGPAC. Tienen el inconveniente de que los expedientes seleccionados sufriran un retraso a la hora de recibir el pago; no obstante, hay que indicar que los plazos de pago están establecidos por la UE y se deben cumplir pues en caso contrario es posible que el estado reciba una sanción.

El final del procedimiento será el pago de la solicitud, y en el caso de que se hayan producido incidencias no subsanadas se recibirá una resolución a la que se podrá recurrir a parte del pago que podría correspondes con las deducciones pertinentes. No hay que olvidar que frente a la resolución también se puede actuar anteponiendo en recurso pertinente, es una nueva oportunidad para solucionar problemas defendiendo nuestros derechos.

El pago o la resolución ponen fin al procedimiento.